Una sentencia ratifica que solo el mejillón con DOP podrán envasarse como gallego

Jueves, 17 Marzo, 2016

Una sentencia de la Audiencia de Pontevedra ha ratificado que las conservas de mejillón no pueden emplear referencias a procedencia gallega si no cuentan con la certificación de la denominación de origen protegida (DOP) de Mexillón de Galicia, la única que legalmente puede hacer uso de esas menciones.

De ello ha informado este miércoles Mexillón de Galicia, que destaca que contra el fallo no cabe recurso, "crea jurisprudencia" y "refuerza la seguridad jurídica de los consumidores", porque garantiza la calidad de los productos.

Esta sentencia de la Audiencia Provincial ratifica el fallo del juzgado mercantil número 1 de Pontevedra que condenó en 2015 a la conservera Alimentos Javimar a indemnizar con 15.000 euros al Consello Regulardor de Mexillón de Galicia por competencia desleal al usar de forma fraudulenta la denominación de origen protegida (DOP).

En la sentencia, se determinaba una infracción en el reglamento de la Unión Europea en la denominación de origen protegida de Mexillón de Galicia por parte de Alimentos Javimar al emplear en su etiquetado lemas como 'De las rías gallegas', 'Fabricado en Galicia' o 'Envasado en Galicia'.

De tal forma, la Sala condenó a la empresa a cesar en su empleo y a retirar del mercado todos los productos con estas indicaciones, así como los embalajes y material publicitario, tras una denuncia de Mexillón de Galicia presentada en octubre de 2014.

La sentencia hacía mención a que Javimar no está inscrita en el registro de la DOP, por lo que sus productos no pueden hacer referencia a Galicia en el etiquetado, con independencia de si el producto comercializado es 'Mytilius Galloprovincialis' o cualquier otra especie de mejillón.

Así, el juez consideraba que "lo esencial es que quien no forma parte de la DOP no puede mostrar comercialmente el producto como procedente o vinculado con Galicia".